Nada más nacer ya debes 35.000 euros.
¡Pum!
Así, de golpe.
Sin un hola,
ni dos besitos,
ni nada.
Como quien no quiere la cosa.
A palo seco.
¿Pero por qué debemos tanto dinero?
¿Cómo es posible que tengamos una deuda si no la hemos contraído?
Algo huele raro…
y hoy veremos el qué.
Pues vamos al grano.
Se nos dice que cada español debe 35.000 euros, porque el estado tiene una deuda pública de 1,7 billones, lo que equivale al 100% del PIB.
Si divides 1,7 billones entre los aproximadamente 50 millones de españoles, ahí tienes los 35.000.
Misterio resuelto.
Aunque no queda resuelto del todo.
Pues a pesar de que se nos diga que españa debe tanto o que cada español debe X, la verdad es que no debemos nada.
Así como lo oyes.
¿Cómo vas a tener una deuda por algo que ni si quiera has firmado?
Y dirás:
“pero la constitucion nos vincula a todos los españoles.”
“es la ley suprema del ordenamiento juridico.”
“debemos regirnos por ella.”
Pues bien, primero, la constitución no es la ley suprema, de hecho, está supeditada a los tratados europeos en algunos casos.
Para el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), el Derecho de la UE tiene primacía absoluta sobre cualquier norma nacional, constituciones incluidas, ya que de lo contrario el mercado común y el Derecho europeo se fragmentarían.
Aunque para el Tribunal Constitucional español (y otros tribunales europeos clave, como el alemán), la constitución sigue siendo el techo.
De hecho, la constitución se ha modificado dos veces para encajar con los tratados.
Una en 1992 por el Tratado de Maastricht para permitir el sufragio pasivo de extranjeros en elecciones municipales, y la otra en 2011 para introducir el equilibrio presupuestario que exigía la UE.
Este equilibrio presupuestario decía que España no se podía endeudar más de un 60 % del PIB y que tenía un límite del 3 % de déficit, constitucionalizando algo que España ya venía aplicando desde 1992.
De modo que, aunque la constitución nos vinculase (no es el caso), no se estaría ni cumpliendo a sí misma como para exigirnos a nosotros que la cumplamos xd.
España lleva más de una década incumpliendo la constitución.
¡COMO PUEDE SER!
¡SI ES LA NORMA SUPREMA DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO!
¡¡LA TENGO DEBAJO DE LA ALMOHADA PARA IRME A DORMIR!!
Esto es peor que cuando dejó de venir el ratoncito Pérez.
Si ya no podemos confiar en la grandiosa constitución,
¿qué nos queda?
Pues hace casi dos siglos, el gran filósofo político anarquista Lysander Spooner, nos dio la clave en su obra No Treason: The Constitution of No Authority.
Rothbard consideraba esta obra como “el mejor argumento a favor de la filosofía política anarquista jamás escrito.”
La constitución no nos vincula, pues no la hemos firmado
(de esto cabe profundizar otro día).
Por tanto, si no nos vincula no podemos deber nada a nadie y menos a españa que no existe.
Entonces, que el estado o los periódicos subvencionados por el estado digan que debemos 35.000 euros, tiene el mismo valor que si yo digo que el lector de estas línea me debe una cena.
Sin duda los libertarios estamos a favor de cumplir los contratos y de respetar los derechos de propiedad, pero esto sucede cuando tu sí has firmado y consentido, no cuando alguien muerto ha consentido por ti.
Además, la constitución se pasa por el forro todos nuestro derechos de propiedad y establece privilegios para la clase política y asociados.
O sea que, ¿deberíamos respetar un contrato de algo que se crea ignorando por completo el derecho contractual y violando nuestros derechos naturales?
…
¡No gracias!
Y cierro con una cita de este instructivo artículo de Rothbard, sobre la inmoralidad de la deuda pública:
“El gobierno obtiene el dinero mediante la coacción fiscal; y los acreedores públicos, lejos de ser inocentes, saben perfectamente que sus ganancias provendrán de esa misma coacción.
En resumen, los acreedores públicos están dispuestos a entregar dinero al gobierno ahora para recibir una parte del botín fiscal en el futuro.
Esto es lo opuesto a un libre mercado o a una transacción genuinamente voluntaria.
Ambas partes acuerdan, de manera inmoral, participar en la futura violación de los derechos de propiedad de los ciudadanos.
Por tanto, ambas partes pactan sobre la propiedad ajena y ambas merecen nuestro más absoluto rechazo.
La operación de crédito público no es un contrato genuino que deba considerarse sagrado, del mismo modo que no debería considerarse un contrato sacrosanto el acuerdo mediante el cual unos ladrones se reparten de antemano su parte del botín.”
Y recuerda, este jueves empieza el curso con Bastos.
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