
Ayer era un día soleado, por lo que estaba leyendo tranquilamente en el campus de la universidad, hasta que escuché a un grupo de chavales cotilleando a viva voz. A pesar de que estaba leyendo el interesantísimo libro Capitalismo y socialismo de Hoppe, puse el oído en la conversación y me enteré de algo terrible… resulta que a Manuel nunca le gustó Susana de verdad y que es un asco de persona; además de todo eso, se ve que no se arrepiente de lo que hizo.

Después de escuchar estas duras declaraciones, me pregunté si sería verdad que Manuel era una persona tan horrible como decían. Porque, de no ser así, estarían difamando a Manuel, lo cual, acorde a la legislación española, podría llevar a los cotillas a un juicio donde tendrían todas las de perder.
Así, la Constitución española reconoce el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen, lo cual choca con la libertad de expresión, reconocida también por la Constitución.
¿Cuál prevalece de estos dos? ¿Cómo funcionaría en una sociedad libertaria?
Y la pregunta del millón…
¿Tengo derecho a difamar?
La respuesta corta sería sí: en una sociedad libertaria tendrías derecho a difamar. Aunque realmente no habría derechos positivos, sino derechos negativos, pero lo que debe quedar claro es que difamar no sería contrario al derecho.
“Pero… entonces todo el mundo difamaría” — diréis algunos preocupados.
¿Y cuál es el problema?
Y es que es verdad que todo el mundo difamaría, o al menos podría hacerlo, sin sufrir el peso del estado sobre ellos. Pero lo bueno es que, al poder difamar todo el mundo, difamar sería mucho más difícil en el sentido de que ya no habría una presunción de veracidad, sino todo lo contrario. Actualmente, prácticamente todo lo que vemos por la televisión o en el periódico, asumimos que es cierto. En el caso de no serlo (y ser demandado por ello y ganar la demanda), el periódico se vería obligado a rectificar por sentencia y a pagar una indemnización.
El problema sería: ¿quién decide lo que es verdad?

Un ejemplo sería el debate establecido entre Losantos y el alcalde de Madrid en ese momento. Losantos criticó la actuación de Gallardón en relación al 11-M y se le impuso una condena de 36.000 euros por el juzgado penal de Madrid, la cual fue ratificada por la Audiencia Provincial.
Sin embargo, en 2016 el TEDH (Tribunal Europeo de Derechos Humanos) le absolvió. Así, Losantos pasó de ser un esparcidor de libelos a un periodista respetable, según lo que dictamine el juez que esté en una posición jerárquica superior.
El que decide lo que es verdad o no es el juez de turno; un juez que, recordemos, es un funcionario en el mejor de los casos; en el peor, es una persona puesta a dedo por el poder, como en los altos tribunales (Supremo, Constitucional…). Uno de los libros que mejor explican esta trampa es Diálogo en el infierno entre Maquiavelo y Montesquieu, de Maurice Joly.
En una sociedad libertaria, el derecho privado funcionaría acorde a la definición clásica de libertad; esto es, ausencia de coerción. Y la coerción se define como violencia o amenaza de uso de la violencia contra un tercero.
Con esta simple definición, y teniendo en cuenta que la base del derecho es la resolución de los conflictos que surgen debido a la escasez, es debido a esta escasez por lo que existe la propiedad privada. Entendemos propiedad privada como propiedad sobre nuestro propio cuerpo y, por extensión, la propiedad de aquello con lo que mezclemos nuestro trabajo o “imprimamos el sello de nuestra personalidad”.
Entender esto es muy importante, pues es la base del sistema libertario, basado fundamentalmente en el respeto a la propiedad privada, y era necesario aclararlo para seguir con el argumento.
Si todo el mundo difamase, pasaría que nadie se creería nada. Pero, lejos de ser malo, es algo positivo. La gente ejercería su espíritu crítico y no se creería todo lo que ve en los medios. Los medios se verían obligados a ganarse una reputación y competir día a día por no perderla. Al igual que nosotros sabemos qué comercios de nuestro barrio son mejores y peores acorde a nuestra experiencia con ellos y lo que nos dice nuestra familia y amigos sobre la suya, nos veríamos obligados a informarnos de la misma manera acerca de las cadenas de televisión, los periódicos, etc.

“Pero… ¿no sería más fácil dejar el sistema como está ahora? ¡Vaya rollo andar tan pendiente de todo!” — dirán algunos.
Las consecuencias de esta forma de pensar consisten en delegar la verdad en la “justicia” y en lo que diga el estado a golpe de decreto.
“Pero… con el tema de la IA, ¿no me dirás que no es necesaria una regulación? Si no se puede distinguir lo que es verdad de lo que no, sería muy fácil hacer un deepfake y hacerse pasar por otra persona.” — dirán los más convencidos adversarios de los “honrados” difamadores.
Sin duda, el cambio que estamos viendo en cuanto a la evolución de la IA no puede pasar por alto. Pero sigue sin ser un argumento de peso para regularla. Lo bueno de la IA es que nadie se cree nada, entonces la gente tiene que acceder a medios de confianza en base a su buena reputación para verificar dicha información. La otra opción sería obligar a todos los que suban algo con IA a poner en el video “hecho con IA”,
pero entonces… ¿sería más fácil o más difícil difamar?

Solo falta que alguien no ponga “hecho con IA” en el video para que la gente lo tome como verdadero, porque, si no lo fuese, tendría que llevarlo. Vemos que este ejemplo puede parecer muy tonto, pero es el fondo del asunto.
Cuanto más se pueda difamar, menos difamación habrá, pues difamar será mucho más difícil. Pasamos de una presunción de veracidad a una presunción de falsedad.
¿No es maravilloso?
Tras las definiciones dadas más arriba sobre libertad y propiedad, debe quedar claro que, en una sociedad libertaria, únicamente tenemos derecho a que no nos agredan nuestra propiedad. De modo que no podría existir un derecho al honor, puesto que no tenemos derecho a controlar lo que los demás piensan de nosotros. Las palabras y las opiniones no invaden físicamente la propiedad o la persona. Nadie tiene un derecho de propiedad sobre su reputación. Por tanto, prohibir la difamación es una invasión del derecho de libertad de expresión del difamador.

Seguiremos hablando sobre este tema en próximas reflexiones.
Os dejo una conferencia de Bastos donde habla de estos temas de forma magistral:










